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- 21st of November 2024
En un Estado Laico, como lo es México, los prejuicios morales deben quedar fuera de las discusiones a la hora de garantizar los derechos de las mujeres.
La Secretaría de Salud debe cumplir con lo establecido en la NOM-046 al ser la responsable de la integración y difusión de la información que apoye el diagnóstico, el diseño de políticas y la toma de decisiones en materia de violencia familiar y sexual.
En días recientes, se ha generado gran controversia en la Cámara de Diputados respecto a la discusión de una iniciativa relativa a la Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005. Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la Prevención y Atención, mejor conocida como NOM046, la cual tiene por objeto establecer los criterios a observar en la detección, prevención, atención médica y la orientación que se proporciona a las y los usuarios de los servicios de salud en general y en particular a quienes se encuentren involucrados en situaciones de violencia familiar o sexual, así como en la notificación de los casos.
Al respecto la Senadora Ciudadana Martha Tagle Martínez precisó que dicha iniciativa pretende robustecer la aplicación de dicha norma al incluirle en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia “a raíz de la postergación para discutir el mencionado dictamen, se ha generado mucha confusión respecto a la vigencia de la norma, por lo que se debe aclarar que la NOM-046 está vigente en todo el país y debe ser seguida integralmente para todas las mujeres que se encuentren en situaciones que ameriten su aplicación”, dijo.
En dicho tenor, la legisladora comentó “formalmente la norma está reconocida en diversas leyes como la Ley de Salud y obliga a los prestadores de servicios de salud a brindar atención médica a quienes sufran de violencia familiar o sexual, por tal motivo se debe tener muy claro que, en caso de haber un embarazo derivado de una violación, las mujeres de todo el país tienen el derecho de exigir su interrupción, toda vez que en todos los códigos penales la violación es reconocida como una causal que le excluye como tipo penal, por lo que las mujeres pueden hacerlo legalmente”.
Así mismo, Tagle Martínez reconoció que han existido fuertes presiones de fuerzas conservadoras que buscan eliminar el derecho de las mujeres a la interrupción legal del embarazo bajo cualquier circunstancia, hecho que representa un grave retroceso y contraviene diversas leyes y tratados internacionales que México ha signado en la materia.
Por último, la legisladora exhortó respetuosamente al titular de la Secretaría de Salud a cumplir con lo establecido en la NOM-046, toda vez que dicha dependencia es la responsable de la integración y difusión de la información que apoye el diagnóstico, el diseño de políticas y la toma de decisiones en materia de violencia familiar y sexual.
FUENTE: attimes.mx